Mediante Carta Circular del 59 del 6 de octubre de septiembre de 2021, la Superintendencia Financiera fijo el montos de inembargabilidad que rige para cuentas de ahorro entre el 1º de octubre de 2021 al 30 de septiembre de 2022 en la suma de $39.977.578. Este límite, como es sabido, no aplica para obligaciones alimentarias.
Por otra parte, el monto hasta el cual pueden entregarse directamente a los herederos, al cónyuge sobreviviente o al compañero permanente del titular de una cuenta corriente o de ahorros y a dineros representados en certificados de depósito a término (CDT) o cheques de gerencia sin necesidad de adelantar un proceso de sucesión, es la suma de $66.629.290.