El 6 de enero de 2022 se promulgó la Ley 2184, mediante la cual se dictan normas encaminadas a fomentar, promover la sostenibilidad, la valoración y la transmisión de los saberes de los oficios artísticos, de las industrias creativas y culturales, artesanales y del patrimonio cultural en Colombia.
Dicha ley tiene por objeto establecer el régimen jurídico para el fortalecimiento y la sostenibilidad de los oficios artísticos y culturales mediante su identificación, su valoración y fomento; a través de los procesos de transmisión, formación, educación e impulso a los saberes y oficios culturales asociados a las artes, a las industrias creativas y culturales y al patrimonio cultural, desarrollados por los agentes y las organizaciones representativas de los mismos en Colombia, como fuente de desarrollo social, cultural y económico con enfoque territorial y en coordinación con los sectores productivos.
Para los efectos de la ley, se entienden como oficios de las artes las industrias creativas y culturales y el patrimonio cultural los que basan sus actividades culturales productivas e innovadoras en las habilidades heredadas, la tradición oral, la práctica y el aprendizaje informal permitiéndoles transformar materiales y realizar creaciones, producir bienes y servicios con una destacada calidad técnica, en directa conexión con la historia y el territorio. Dichos oficios de las artes, de las industrias creativas y culturales y del patrimonio cultural harán parte del listado de denominaciones u ocupaciones de la Clasificación Única de Ocupaciones para Colombia-CUOC,
Para desarrollar los fines de la ley se creó el Consejo para el fortalecimiento de los oficios artísticos, de las industrias creativas y culturales y del patrimonio en Colombia, el Consejo Nacional para el Desarrollo de la Actividad Artesanal y la Cámara Colombiana de los oficios de las artes, las industrias creativas y culturales y el patrimonio cultural, y la Red Nacional de Oficios de las Artes, las industrias Creativas y Culturales y el Patrimonio Cultural,conformado tanto por funcionarios del Gobierno, como por representantes de diversos organismos relacionados con la industria creativa, cultural y artística. Asimismo, se creó el el Registro Único de Artesanos de Colombia (RUAC),
De otro lado, la ley incluyó varias estrategias para el fomento a los oficios, la promoción y comercialización de productos y servicios culturales, y fortalecer el turismo cultural. Esta ley se encuentra pendiente de reglamentación por parte del Gobierno nacional, la cual deberá expedirse en el plazo máximo de un año desde la promulgación de la ley.