Incentivos tributarios por fomentar el deporte, la recreación y la actividad física

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Mediante la Ley 2490 del 17 de julio de 2025 se pretende promover la responsabilidad social
empresarial (RSE) para el fomento del deporte, la recreación y la actividad física, al regular que los
contribuyentes del impuesto sobre la renta puedan celebrar convenios con fundaciones, clubes
deportivos y otras organizaciones sociales que utilizan el deporte como herramienta de
transformación social.

Estos contribuyentes estarán invirtiendo en el bienestar de la comunidad dentro de sus políticas
de RSE y recibirán títulos negociables o certificaciones que podrán ser utilizados para el pago del
impuesto sobre la renta. Es una apuesta que fortalecerá su imagen y a la vez optimizará sus
impuestos.

Las actividades que califican para estos convenios, abarcando un amplio espectro de iniciativas
que impulsan el deporte y la recreación en el país, se centran en:

  • Infraestructura deportiva: Construcción, mejoramiento, mantenimiento y adecuación de instalaciones deportivas.
  • Dotación: Adquisición de equipamiento, implementos, uniformes y otros elementos que impulsen el deporte, la recreación y el buen uso del tiempo libre.
  • Programas inclusivos: Desarrollo de programas deportivos, de recreación y actividad física dirigidos a niños, niñas, adolescentes, jóvenes, personas mayores, personas en situación de discapacidad, víctimas del conflicto armado y otros actores de la comunidad.
  • Inclusión deportiva: Fomento de la participación e inclusión deportiva de poblaciones minoritarias y excluidas.
  • Becas y apoyos económicos: Financiación de becas para programas de pregrado y posgrado, así como apoyos económicos para la manutención de deportistas durante sus estudios.
  • Turismo deportivo: Fomento y promoción del desarrollo del turismo deportivo.
  • Transporte y manutención escolar: Financiación de transporte y manutención escolar para niños, niñas y adolescentes en programas deportivos.
  • Formación y capacitación: Fortalecimiento de la formación técnica y capacitación pedagógica de entrenadores y líderes deportivos.

Importante tener en cuenta que los contribuyentes que se acojan a estos beneficios no podrán ser
beneficiarios, directa o indirectamente, de las acciones que se adelanten en el marco de los
convenios; y, que se establecerán mecanismos de monitoreo y control rigurosos, incluyendo
auditorías periódicas, para garantizar la correcta ejecución y el uso adecuado de los recursos.

Por ahora, debemos esperar a que los Ministerios del Deporte y de Hacienda y Crédito Público
expidan la reglamentación del funcionamiento de la nueva ley, para lo cual tendrán un plazo de un
año para hacerlo.

Esta nueva ley es una clara invitación a las empresas a ser parte activa de la transformación social,
al tiempo que se benefician directamente en su planeación fiscal.

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