La DIAN expidió la Resolución No. 37 de 2022, mediante la cual modificó tres disposiciones de la Resolución No. 164 de 2021 sobre el Registro Único de Beneficiarios Finales (RUB) y el Sistema de Identificación de Estructuras Sin Personería Jurídica (SIESPJ).
Ahora las personas jurídicas extranjeras estarán obligadas a suministrar información en el RUB, siempre que la totalidad de la inversión en Colombia se realice a través de vehículos con o sin personería jurídica que no estén obligados a suministrar información en el RUB.
El plazo para que las entidades constituidas con anterioridad al 30 de septiembre de 2022 suministren la información en el RUB y para las estructuras sin personería jurídica o similares creadas con anterioridad al 30 de septiembre de 2022, que no se encuentren obligadas a inscribirse en el RUT, se amplió hasta el 31 de diciembre de 2022.